Contrato de Servicio Claro Larga Distancia

La información contenida en este documento es un contrato de servicio que detalla los términos y condiciones de su servicio de larga distancia. En el pasado, estos términos y condiciones se estipulaban en tarifas que se presentaban a la Comisión Federal de Comunicaciones (CFC).


La CFC ha ordenado que desde el 31 de julio de 2001, las compañías de larga distancia no presenten tarifas para los servicios de larga distancia interestatales. La CFC también ordenó que desde el 28 de enero de 2002, las compañías de larga distancia tampoco deben presentar tarifas para los servicios de larga distancia internacionales.

Por consiguiente, le estamos proporcionando este contrato de servicio. Su servicio no se verá afectado y no se requiere ninguna acción de su parte. Sólo tome unos minutos para revisar este contrato de servicio y guárdelo en un lugar seguro con sus registros importantes. Si desea una copia en inglés, visite la sección en inglés de esta página.

Gracias.

Contrato de Servicio de Claro Larga Distancia

La información contenida en este documento es un contrato de servicio que detalla los términos y condiciones de su servicio de larga distancia. En el pasado, estos términos y condiciones se estipulaban en tarifas que se presentaban a la Comisión Federal de Comunicaciones (CFC).

Términos y Condiciones

1. PREÁMBULO Y ACEPTACIÓN. El Cliente ("Usted" o "Su(s)") acepta este Contrato Claro Larga Distancia, Inc., o sus sucesores en derechos, haciendo negocios como Claro Larga Distancia, de ahora en adelante "Claro Larga Distancia", "Nosotros", "Nuestro/a(s)", cuando Usted acepte los términos y condiciones de este Contrato al solicitar, utilizar o pagar los servicios (el "Servicio" o los "Servicios") cubiertos por este Contrato y ofrecidos por Claro Larga Distancia. Este Contrato establece entre el cliente y Claro Larga Distancia derechos legales con respecto a pagos, créditos, limitaciones de responsabilidad civil y otros temas importantes asociados con los Servicios que le proporciona Claro Larga Distancia al Cliente que no están cubiertos bajo tarifa. Para los Servicios bajo tarifa, prevalecerá la tarifa. Al eliminar una tarifa, el Cliente continuará recibiendo los Servicios bajo los mismos cargos del plan previamente estipulados en la tarifa, a menos que sea notificado de acuerdo con los términos de este Contrato. Los cargos establecidos previamente en la tarifa aplicarán de acuerdo con el plan de llamadas ("Plan de Llamadas"). Si el Cliente no sabe cuáles son sus cargos del plan bajo la tarifa, puede comunicarse con Claro Larga Distancia al teléfono  (787) 749-2000 y Claro Larga Distancia le proveerá al Cliente la información que Usted solicite.
2. DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS.El Cliente conviene en suscribirse y utilizar, y Claro Larga Distancia conviene en proporcionar, los Servicios previamente provistos bajo la tarifa o los Servicios descritos en el plan que Usted se suscribió. Claro Larga Distancia no enviará con este Contrato la descripción del plan al cual Usted está suscrito. No obstante, el plan al cual está suscrito es parte de este Contrato. Claro Larga Distancia enviará la descripción del plan al cual Usted está suscrito cuando usted lo solicite. La disponibilidad del Servicio puede estar limitada por la ley y la disponibilidad de las instalaciones. El Servicio se ofrece sujeto a las restricciones que nos imponga cualquier autoridad que tenga jurisdicción sobre la provisión de nuestros Servicios. Cualesquiera Servicios adicionales que Usted nos compre después de la aceptación de este Contrato también estarán cubiertos por este Contrato.
3. PAGO, FACTURACIÓN, CRÉDITO Y DEPÓSITOS. Claro Larga Distancia o nuestro proveedor de servicios de facturación le cobrará a Usted, y Usted nos pagará los cargos por los Servicios (los "Cargos") que se describen: (a) en el plan de llamadas, el cual puede ser modificado por Claro Larga Distancia de cuando en cuando, o (b) en la tarifa, si corresponde. Los Cargos son parte de este Contrato. El servicio de larga distancia, provisto por Claro Larga Distancia, podría ser desconectado por falta de pago de acuerdo con las prácticas de nuestro proveedor de servicios de facturación. Los cargos se facturarán mensualmente y el Cliente conviene en pagarlos en la fecha de vencimiento que se muestra en la factura. Los cargos no incluyen los impuestos pertinentes, sobrecargos, otros montos adeudados bajo la ley y otros cargos que podamos imponer (por ejemplo: cargo del Fondo de Servicio Universal, sobrecargos de compensación por llamada en teléfonos públicos, cargos de portadora primaria), los cuales el Cliente conviene en pagarnos además de los cargos. El Cliente es responsable de todos los cargos incurridos por todas las llamadas hechas por o a través de Su equipo por cualquier persona. Usted es responsable de controlar el acceso y el uso de su equipo de telecomunicaciones, instalaciones y tarjetas de llamadas. Todos los cargos que el Cliente adeude serán pagaderos a Claro Larga Distancia en dólares de EE.UU. disponibles inmediatamente. Claro Larga Distancia se reserva el derecho de imponer el monto máximo permitido por ley, o menos, a Nuestra determinación, cuando un cheque o giro presentado para el pago del servicio no sea aceptado por la institución contra la cual se giró. Un cargo por mora igual al que cobra su compañía portadora local que le proporciona servicio a Usted, podrá aplicarse a cualquier saldo adeudado y vencido. En caso de que Claro Larga Distancia incurra en cargos o gastos, incluyendo honorarios de abogados, para cobrar o intentar cobrar cualesquiera cargos que se nos adeuden, incluyendo cargos por devolución de cheques, Claro Larga Distancia, o Nuestro proveedor de servicios de facturación, podrá cobrarle al Cliente, y el Cliente pagará dichos cargos y gastos en los que incurramos razonablemente. Se nos deberá informar de cualquier objeción a los Cargos facturados dentro de un plazo de 20 días a partir de la fecha de envío de la factura, a menos que el Cliente sea un Cliente del Gobierno Federal cuya reclamación debe ser sometida dentro de los 30 días después de recibirse la factura. Cualesquiera reclamaciónes para el reembolso de sobrepagos deberán efectuarse dentro de un plazo de dos años de la fecha del alegado sobrepago. Al Cliente se le podría requerir establecer crédito y proporcionar un depósito de garantía o proporcionar un pago por adelantado en lugar o en adición a un depósito de garantía. También puede aplicarse un límite en los cargos. Un depósito no excederá los cargos estimados por dos meses de Servicios.
4. GARANTÍA LIMITADA DE LOS SERVICIOS Y REMEDIO POR FALLAS EN LOS SERVICIOS. Claro Larga Distancia garantiza que los Servicios funcionarán sustancialmente de conformidad con la tarifa o el plan de llamadas. SI LOS SERVICIOS NO FUNCIONAN DE ESTA MANERA Y LA FALLA NO SE DEBE A: (a) UNA FALTA DEL CLIENTE, DE LOS EMPLEADOS O AGENTES DEL CLIENTE, O (b) UNA CONTINGENCIA IDENTIFICADA EN EL PÁRRAFO 6 DE ESTE CONTRATO, ENTONCES Claro Larga Distancia, A COSTA NUESTRA, REPARARÁ LOS SERVICIOS PARA QUE FUNCIONEN SUSTANCIALMENTE DE CONFORMIDAD CON LAS DESCRIPCIONES DE LOS SERVICIOS. ESTA GARANTÍA LIMITADA EXCLUYE Y ES EN LUGAR DE TODAS LAS DEMÁS GARANTÍAS POR FALLAS EN LOS SERVICIOS, YA SEAN EXPRESAS, IMPLÍCITAS, ESCRITAS U ORALES, INCLUYENDO, PERO NO SE LIMITA, A LAS GARANTÍAS DE COMERCIABILIDAD Y APTITUD PARA UN PROPÓSITO EN PARTICULAR.
Claro Larga Distancia concederá crédito a la porción de la llamada que es interrumpida debido a transmisión pobre (e.g. condiciones ruidosas del circuito, transmisión unidireccional [una parte no puede oir el otro]) o por desconexión involuntaria de la llamada causada por los componentes del servicio. Para recibir el crédito apropiado, el Cliente debe notificar los cargos objetados en el plazo de 15 días después de recibirse la factura y en un plazo de 30 días si el cliente es una entidad del gobierno local o federal. El Cliente debe proveer el número de teléfono llamado, la condición experimentada, tipo de llamada, y la hora aproximada en que la llamada fue puesta. El Cliente recibirá el crédito equivalente a 1 minuto. Los cargos aplicarán a la llamada restablecida. Los créditos concedidos no aplican a las interrupciones del servicio eléctrico, del equipo, o de los sistemas no proporcionados por Claro Larga Distancia.
5. DAÑOS CONSECUENTES Y LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD CIVIL. Claro Larga Distancia NO SERÁ RESPONSABLE DE DAÑOS CONSECUENTES, INCIDENTALES, INDIRECTOS NI ESPECIALES, INCLUYENDO, ENTRE OTROS, PÉRDIDA DE NEGOCIOS, UTILIDADES, INFORMACIÓN Y OTRAS PÉRDIDAS COMERCIALES O ECONÓMICAS, YA SEA QUE DICHOS DAÑOS SE BASEN EN INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, ACTO ILÍCITO, INCLUYENDO NUESTRA NEGLIGENCIA, O DE OTRO MODO, AÚN CUANDO HAYAMOS SIDO NOTIFICADOS DE LA POSIBILIDAD DE DICHOS DAÑOS. Claro Larga Distancia NO SERÁ RESPONSABLE, Y EL CLIENTE NOS INDEMNIZA Y AMPARA DE TODAS Y CUALESQUIERA PÉRDIDAS, RECLAMACIONES, DEMANDAS, ACCIONES LEGALES U OTRAS ACCIONES, O CUALQUIER RESPONSABILIDAD CIVIL, YA SEA SUFRIDA, INICIADA O SEGUIDA POR EL CLIENTE O POR CUALQUIER OTRA PERSONA, POR CUALQUIER PÉRDIDA DEL CLIENTE O DE OTRA PERSONA, O POR DIFAMACIÓN, CALUMNIA, INVASIÓN DE LA VIDA PRIVADA, O VIOLACIÓN DE DERECHOS DE AUTOR O PATENTES, O POR CUALESQUIERA OTRAS CAUSAS, OCASIONADAS O QUE SE RECLAME QUE HAN SIDO OCASIONADAS DIRECTA O INDIRECTAMENTE POR EL FUNCIONAMIENTO, LA FALTA DE FUNCIONAR, EL MANTENIMIENTO O EL USO DE LOS SERVICIOS. NINGÚN AGENTE O EMPLEADO DE OTROS SE CONSIDERARÁ SER NUESTRO AGENTE O EMPLEADO. LA RESPONSABILIDAD DE Claro Larga Distancia HACIA EL CLIENTE POR DAÑOS DEBIDO A FALLAS EN LOS SERVICIOS QUE SURJAN DE NUESTRA NEGLIGENCIA O INCUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO EN NINGÚN CASO EXCEDERÁ LOS CARGOS ESPECIFICADOS EN ESTE CONTRATO POR INTERRUPCIONES DEL SERVICIO.
6. CONTINGENCIAS. Claro Larga Distancia no será responsable por demoras, daños o fallas en el funcionamiento debido a Nuestro mantenimiento y pruebas de rutina de los Servicios que le proporcionamos al Cliente ni a causas que estén fuera de nuestro control razonable, incluyendo, entre otros, actos de órganismos gubernamentales, desórdenes civiles, casos fortuitos, actos de terceros, incendios, inundaciones, huelgas y otras disputas laborables, o la inhabilidad de obtener el equipo o los servicios necesarios. El uso y la reanudación del servicio en emergencias estarán sujetos en todos los casos al sistema de prioridad que se especifica en la Parte 64, Subparte D, del Capítulo 47 del Código de Reglamentaciones Federales.
7. TÍTULO. Claro Larga Distancia, o Nuestros proveedores, seremos dueños de todos los derechos, el título y el interés en el equipo, el software (programa) y las instalaciones que usamos para prestar los Servicios. El Cliente no tendrá ningún derecho de propiedad o interés en el uso de ningún tipo específico de instalación, servicio, equipo o proceso.
8. DURACIÓN, CANCELACIÓN Y SUPERVIVENCIA. Este Contrato, a menos que se dé por terminado de conformidad con este Contrato, permanecerá en vigor durante el periodo en que Claro Larga Distancia preste los Servicios al Cliente. Donde no lo prohíba la ley correspondiente, Claro Larga Distancia se reserva el derecho de descontinuar el Servicio, limitar el Servicio o imponer requisitos, sin ningún aviso previo al Cliente: (1) si se requiere para cumplir con las reglas y normas reguladoras o estatutarias cambiantes; (2) cuando dichas reglas y normas tengan un efecto sustancial adverso en la viabilidad comercial o económica de prestar el Servicio, según lo determinemos Nosotros; (3) si detectamos el uso fraudulento de Nuestros Servicios; (4) si una entidad gubernamental le ordena o le solicita a Claro Larga Distancia; y (5) por incumplimiento o violación de cualquier ley aplicable a Puerto Rico, municipal o federal, cualquier mandato o regla que no esté conforme o en violación con las reglas de la Comisión Federal de Comunicaciones, (6) por cualquier decisión por razón de una orden o decisión de una corte o cualquier autoridad gubernamental que tenga jurisdicción y prohíba al portador de larga distancia de proveer el servicio al cliente, y (7) si Su equipo pudiera afectar adversamente Nuestras instalaciones y/o equipos o el servicio a otros. En cualquier momento, Claro Larga Distancia podría dar por terminado este Contrato en su totalidad o en parte con quince (15) días de aviso de anticipación por escrito, indicándole que no ha cumplido con un término esencial de este Contrato. Si el Cliente no corrige esta falta dentro de un plazo de quince (15) días, Claro Larga Distancia podría terminar este Contrato en su totalidad o en parte. Si este derecho de cancelación no es permitido por la ley correspondiente, podremos dar por terminado este Contrato en parte, según nos lo permita la ley correspondiente. Usted podrá dar por terminado este Contrato en su totalidad o en parte, en cualquier momento, mediante aviso escrito u oral. Si Usted da por terminado el Contrato o los Servicios, Usted pagará todos los Cargos que nos adeude bajo el Contrato hasta la fecha de cancelación, incluyendo, entre otros, los Cargos por cancelación temprana, según se define en su plan de llamadas.
9. CUMPLIMIENTO DE LA LEY Y ELECCIÓN DE LA LEY. El Cliente y Claro Larga Distancia cumpliremos con todas las leyes, reglas, reglamentaciones, ordenanzas, órdenes y decretos correspondientes en la ejecución de este Contrato. El Cliente podría estar sujeto a que se le niegue, suspenda o se cancele el Servicio, sin previo aviso, a fin de permitir a Claro Larga Distancia cumplir con cualquier orden o solicitud de cualquier autoridad gubernamental que tenga jurisdicción. Cualquier equipo o servicios que el Cliente provea y que sea conectado y/o interconectado con Nuestro Servicio y equipo deberá cumplir con las leyes y reglamentaciones federales y estatales. Este Contrato se interpretará de acuerdo con, se regirá por y estará sujeto a las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. En caso de conflictos con estas leyes, reglas, reglamentaciones, ordenanzas, órdenes y decretos y los términos de este Contrato, las leyes, reglas, reglamentaciones, ordenanzas, órdenes y decretos tendrán precedencia.
10. EQUIPO DEL CLIENTE. El Cliente se asegurará que las instalaciones o el equipo que el Cliente provea esté debidamente interconectado con los Servicios, las instalaciones y el equipo proporcionados por Nosotros o Nuestros proveedores. Claro Larga Distancia se reserva el derecho de inspeccionar sus instalaciones para asegurar la debida interconexión y cumplimiento con los términos de este Contrato. Si el Cliente da mantenimiento u opera los servicios, instalaciones o equipo interconectado de una manera que resulte o que pueda resultar en daños a Nuestras instalaciones, equipo, personal o la calidad del servicio, Claro Larga Distancia descontinuará los Servicios o requerir el uso de equipo de protección, corriendo el Cliente con los gastos.
11. CESIÓN Y SUCESORES. Sin el consentimiento del Cliente, Claro Larga Distancia puede ceder todo o parte de este Contrato, incluyendo Nuestros derechos de recibir dinero bajo este Contrato. El Cliente no cederá, subcontratará, subarrendará ni transferirá este Contrato, en su totalidad ni en parte, sin el consentimiento de Claro Larga Distancia por escrito. Cualquier cesión, subarriendo, transferencia o subcontratación en violación de este párrafo será nula. Sujeto al párrafo anterior, este Contrato será de acatamiento obligatorio y redundará a beneficio de los sucesores y cesionarios de las partes.
12. CAMBIOS EN LOS SERVICIOS, CARGOS Y TÉRMINOS Y CONDICIONES. Todos los Servicios que Claro Larga Distancia presta bajo este Contrato están sujetos a Nuestras políticas, prácticas y procedimientos comerciales, los cuales pueden cambiar sin aviso. Claro Larga Distancia le notificará al Cliente de cualquier cambio sustancial en este Contrato, y/o en Sus Servicios. El pago de los Cargos por el Cliente o el uso continuo de los Servicios después de que haya recibido el aviso constituirá un acuerdo por parte suya de dicho cambio.
13. DIVISIBILIDAD. Si un organismo gubernamental de jurisdicción competente considera que cualquiera de los términos o condiciones de este Contrato es inválido o no puede hacerse valer, esta consideración no afectará ninguno de los demás términos o condiciones de este Contrato, y el Contrato se interpretará como si no contuviera el término o la condición inválida o que no puede hacerse valer.
14. CONTRATO INTEGRO. Este Contrato invalida todas las declaraciones, entendimiento o acuerdos previos con respecto al asunto de este Contrato. Este Contrato no podrá modificarse ni renunciarse excepto como se describe en este Contrato. Con respecto a todos los asuntos que surjan de este Contrato, este Contrato constituye un acuerdo entre el Cliente y solo la entidad de Claro Larga Distancia que le provee el Servicio a Usted.

Tarifas Internacionales

Esas tarifas puedan variar. Usted puede obtener información adicional llamando a nuestro Centro de Telemercadeo al  787-749-2000.